Tras la aprobación del Real Decreto 1046/2003 de 1 de agosto, por el que se regula el Subsistema de Formación profesional Continua y la siguiente Orden TAS/500/2004, de 23 de febrero por la que se regula la financiación de las acciones de formación continua, las empresas disponen de un crédito para la formación que pueden hacer efectivo mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social una vez realizada la formación.
Esta nueva iniciativa de formación facilita el desarrollo de acciones formativas para los trabajadores en activo y permite planificar la formación sin tener que ajustarse a las convocatorias anuales.
Su empresa puede realizar la formación de forma individualizada o bien agrupándose a otras empresas.
Le ofrecemos nuestros servicios para la organización, realización y gestión de su Plan de Formación individual o bien agrupado;
. Comunicación de inicio de cursos mediante la aplicación informática.
. Seguimiento de la ejecución de las acciones formativas.
. Comunicación de finalización de las acciones.
. Diseño, impartición de la formación. |